Ayudas y mercados

Conto Termico 3.0: el incentivo italiano para la calefacción renovable (2026)

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El Conto Termico 3.0 es la ayuda directa de Italia para la calefacción renovable, pagada por el GSE y que cubre hasta el 65 % de los costes subvencionables de bombas de calor, solar térmica y sistemas híbridos, y hasta el 100 % en escuelas y hospitales públicos. En vigor desde el 25 de diciembre de 2025 con un presupuesto anual permanente de 900 millones de €, admite ahora a las empresas y paga las ayudas inferiores a 15.000 € en un solo pago.

Imagen de portada: Conto Termico 3.0: el incentivo italiano para la calefacción renovable (2026)

Las normas de los incentivos cambian durante 2026: todas las cifras de esta guía se verificaron a septiembre de 2026. El Conto Termico 3.0 entró en vigor el 25 de diciembre de 2025 y sus reglas de funcionamiento aún se están consolidando: confirme los valores vigentes en gse.it antes de solicitarlo.

¿Qué es el Conto Termico 3.0 y en qué se diferencia de una deducción fiscal?

El Conto Termico 3.0 es la ayuda directa de Italia para el calor renovable, pagada por la agencia estatal de energía GSE mediante transferencia bancaria, no como un crédito fiscal que se recupera a lo largo de años. Establecido por el DM 7 agosto 2025 (publicado en la GU n. 224 de 26 de septiembre de 2025), entró en vigor el 25 de diciembre de 2025; el portal de solicitudes actualizado (Portaltermico) se puso en marcha el 2 de febrero de 2026 y volvió a abrirse el 13 de abril de 2026 tras nuevas mejoras.

Tres características lo distinguen de las vías de deducción fiscal de Italia:

  • Es una medida permanente con un presupuesto anual de 900 millones de €: no hay un corte brusco a final de año.
  • Paga en efectivo y rápido: las ayudas inferiores a 15.000 € llegan en un pago único (el umbral era de solo 5.000 € con el Conto Termico 2.0); las ayudas mayores se pagan en dos a cinco plazos anuales.
  • La cobertura llega hasta el 65 % de los costes subvencionables, y al 100 % en escuelas públicas, hospitales públicos y edificios públicos de municipios de menos de 15.000 habitantes.

¿Cuánto paga el Conto Termico 3.0 en 2026?

El apoyo llega hasta el 65 % de los costes subvencionables, calculado por tecnología:

IntervenciónNivel de apoyoCondiciones clave
Bombas de calor (fuente aire, suelo o agua)normalmente el 40–65 % del costeFórmula basada en la energía; eficiencia superior a los mínimos del Reglamento (UE) 813/2013
Solar térmica (incl. refrigeración solar)importes por m², hasta el 65 %Hasta 2500 m² de superficie bruta de captadores; se exige Solar Keymark
Calentadores de agua con bomba de calorhasta el 65 %Sustitución de calentadores de agua eléctricos
Sistemas híbridoshasta el 65 %Combinaciones de bomba de calor + caldera
Escuelas públicas, hospitales, edificios públicos de municipios pequeñoshasta el 100 %Municipios de menos de 15.000 habitantes

El incentivo de las bombas de calor se calcula a partir de la energía térmica entregada multiplicada por un coeficiente, y en la práctica recupera aproximadamente el 40–65 % del coste de inversión según el tamaño y la zona climática. La solar térmica se paga por metro cuadrado según el tipo de captador, con el techo de una única intervención independiente elevado de 1000 m² a 2500 m² de superficie bruta, lo bastante grande para hoteles, industria alimentaria y redes de calor, y una ampliación sustancial del mercado de calor solar comercial.

De ahí se derivan dos consecuencias de diseño. La primera: como la solar térmica se paga por metro cuadrado y no por factura, los captadores de alto rendimiento con producciones certificadas convierten la misma superficie de cubierta en una dotación de ayuda mayor. La segunda: la franja del 100 % para escuelas y hospitales públicos hace que la solar térmica sea prácticamente gratuita para esos edificios, una señal para la contratación pública que pocos organismos han asimilado todavía por completo.

¿Quién puede solicitarlo y qué certificaciones necesitan los productos?

Novedad de la versión 3.0: las empresas (imprese) tienen ahora acceso, junto con los particulares y la administración pública. Los solicitantes privados y las empresas acceden a las intervenciones de calor renovable (categoría II); los organismos públicos acceden además a las obras de eficiencia (categoría I); las administraciones públicas y los entes del tercer sector (ETS) también pueden reservar fondos por adelantado mediante la vía de la «prenotazione» (reserva), y las empresas deben presentar una solicitud previa al GSE antes de iniciar las obras.

Los requisitos de certificación son estrictos y específicos de cada producto:

  • Los captadores solares térmicos deben estar certificados según UNI EN 12975/12976 con Solar Keymark y cumplir los requisitos mínimos de producción fijados en las reglas de funcionamiento. Los fabricantes que publican datos de ensayo Keymark completos, entre ellos la gama de captadores Wunder de Solimpeks, cumplen por defecto la carga documental.
  • Las bombas de calor deben superar los mínimos de eficiencia estacional del Reglamento (UE) 813/2013, con umbrales de SCOP superiores a los de ecodiseño por clase de tamaño establecidos en las reglas de funcionamiento.
  • Captadores híbridos PVT: el Conto Termico ha tratado históricamente los captadores híbridos dentro de sus anexos de solar térmica; confirme el tratamiento expreso del PVT en las regole operative vigentes del CT 3.0 en gse.it antes de diseñar un proyecto en torno a él.

¿Cómo se solicita a través del Portaltermico del GSE?

A diferencia de la mayoría de los programas europeos, el Conto Termico se reclama después de terminar las obras:

  1. Compruebe la elegibilidad y la certificación de los productos elegidos (certificado Solar Keymark, datos de eficiencia de la bomba de calor) antes de comprarlos: un producto sin certificar no puede subsanarse con carácter retroactivo.
  2. Complete la instalación y conserve todas las facturas, justificantes de pago y fichas técnicas.
  3. Presente la solicitud en el Portaltermico del GSE en un plazo de 90 días desde la finalización de las obras.
  4. Suba la documentación: facturas, justificantes de pago, certificados de producto y la declaración del instalador. La revisión del GSE compara los productos declarados con sus certificados, así que guarde las fichas del fabricante y los documentos Solar Keymark junto con las facturas.
  5. El GSE revisa y paga: un solo pago si la ayuda es inferior a 15.000 €; en caso contrario, de dos a cinco plazos anuales.

Las administraciones públicas y los entes del tercer sector pueden, en cambio, asegurar los fondos antes de que empiecen las obras mediante la vía de la prenotazione, y las empresas deben presentar una solicitud previa al GSE antes de que empiecen las obras; de lo contrario, la solicitud es inadmisible.

Conto Termico o Ecobonus del 50 %: ¿cuál elegir en 2026?

No se pueden reclamar ambos por el mismo gasto, así que todo proyecto se enfrenta a la elección. El Ecobonus/Bonus Casa de 2026 (prorrogado por la Legge di Bilancio 2026) paga el 50 % en primeras viviendas y el 36 % en otros inmuebles, recuperado como deducción fiscal repartida en diez años, con la bajada prevista al 36 %/30 % aplazada a 2027. Las calderas exclusivamente fósiles, incluidos los modelos de condensación, están excluidas desde el 1 de enero de 2025.

FactorFavorece al Conto Termico 3.0Favorece al Ecobonus 50 %
Flujo de cajaPago único por debajo de 15.000 €Periodo de recuperación de diez años
Situación fiscalNo se necesita cuota tributariaRequiere una cuota de IRPEF suficiente para absorber la deducción
Tipo de solicitanteEmpresas y organismos públicos (sin vía de deducción)Propietarios con capacidad fiscal estable
Nivel de apoyoHasta el 65 %, según la tecnología50 % fijo (primeras viviendas) / 36 % (otras)

En un proyecto residencial típico de solar térmica o de bomba de calor en el que la ayuda sea inferior a 15.000 €, un único pago en efectivo suele superar a una década de deducciones fiscales. En las segundas viviendas, con el 36 %, la balanza se inclina aún más hacia el Conto Termico.

¿Qué plazos y cambios vienen a continuación?

El Conto Termico 3.0 no tiene fecha de caducidad (es un mecanismo permanente), pero hay tres factores de calendario que importan en 2026–27:

  • El presupuesto anual de 900 millones de € se vigila; una demanda sostenida podría motivar ajustes en futuras ediciones de las reglas de funcionamiento.
  • El Ecobonus baja al 36 %/30 % en 2027, lo que hace de 2026 el último año de la comparación más generosa, una ventana de decisión natural para los proyectos que están en el aire.
  • Las reglas de funcionamiento aún se están consolidando tras la reapertura del portal en abril de 2026: detalles como el tratamiento del anexo PVT deben volver a comprobarse en gse.it en el momento de la solicitud.

La exclusión de las calderas fósiles es estructural, no temporal: con la EPBD refundida, los Estados miembros de la UE pusieron fin a los incentivos públicos a las calderas de combustible fósil independientes desde el 1 de enero de 2025, y el ETS2 extenderá el precio del CO₂ a los combustibles de calefacción desde 2028; ambos empujan a los propietarios de edificios hacia exactamente las tecnologías que financia el Conto Termico.

Para el panorama europeo más amplio de incentivos, véanse las ayudas degresivas de la BEG alemana y el resumen de qué países europeos ofrecen ayudas para bombas de calor en 2026.

Preguntas frecuentes

¿Es el Conto Termico 3.0 una subvención o una deducción fiscal?

Una subvención directa: el GSE paga el incentivo en su cuenta bancaria, en un pago único cuando el importe es inferior a 15.000 €. Es fundamentalmente distinto del Ecobonus, que es una deducción fiscal que se recupera en diez años y requiere una cuota tributaria suficiente para absorberla.

¿Pueden solicitar el Conto Termico 3.0 las empresas?

Sí: el acceso de las empresas es una novedad de la versión 3.0. Las empresas pueden reclamar las intervenciones de calor renovable (bombas de calor, solar térmica de hasta 2500 m², sistemas híbridos) junto con los particulares, mientras que las administraciones públicas acceden además a las obras de eficiencia y a una vía de reserva de fondos.

¿Se puede combinar el Conto Termico con el Ecobonus?

No: no son acumulables para el mismo gasto. Se elige por proyecto: el Conto Termico paga en efectivo por adelantado (hasta el 65 %), mientras que el Ecobonus deduce el 50 % (primeras viviendas) o el 36 % (otros inmuebles) de los impuestos a lo largo de diez años hasta 2026.

¿Qué certificación necesita un captador solar para el Conto Termico?

Los captadores deben estar certificados según UNI EN 12975/12976 con Solar Keymark y cumplir los requisitos mínimos de producción de las reglas de funcionamiento. Las bombas de calor deben superar los mínimos de eficiencia estacional del Reglamento (UE) 813/2013. Los productos sin certificar no son subvencionables y no pueden subsanarse después de la instalación.

Fuentes y lecturas recomendadas

Sobre el autor

Ventas internacionales y desarrollo de mercados